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PODER EJECUTIVO MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
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REPUBLICA DE CHILE
MINISTERIO DE ECONOMÍA, FOMENTO Y RECONSTRUCCIÓN APRUEBA REGLAMENTO DE INSTALACIONES INTERIORES Y MEDIDORES DE GAS. SANTIAGO, 2 de Febrero de 2007 /
VISTO: Lo informado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, en el oficio Nº 217 de 2007; lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 323, de 1931, del Ministerio del Interior, en la ley Nº 18.410 y en el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política de la República de Chile.
CONSIDERANDO: Que existe la necesidad de perfeccionar el “Reglamento de Instalaciones Interiores de Gas”, aprobado mediante el decreto supremo Nº 222, de 1995, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, debiendo adoptarse las medidas normativas que tengan en consideración la experiencia adquirida por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles sobre esta materia, incorporando los aspectos normativos relevantes y los recientes desarrollos tecnológicos asociados a dichas instalaciones, particularmente en lo que respecta a seguridad, a fin de precaver cualquier hecho que cause o pueda causar daño a las personas o cosas.
DECRETO:
ARTICULO Iº. Apruébase el siguiente Reglamento de Instalaciones Interiores y Medidores de Gas: DESCARGE AQUI EL ARCHIVO PUBLICADO: Si bien no es el documento oficial es copia fiel de lo publicado. (Por efectos de capacidad el archivo esta dividido en dos tomos I y II) |